También tantea hacer más fácil la
compatibilidad entre continuar trabajando y percibir pensión
La Seguridad Social pretende ampliar
el periodo de cotización exigido
El
Gobierno prometió a la Unión Europea que iba a
retrasar la edad real de jubilación. Para lograrlo, el Ejecutivo ha propuesto al Congreso
y a los agentes sociales elevar la edad mínima para acceder a la jubilación
anticipada en un informe que la Seguridad Social les remitió ayer. Lo ha hecho
antes de que entre en vigor la última reforma de pensiones, que en enero fijará
la edad mínima de esta modalidad de retiro entre los 61 y los 63 años. El
documento no concreta una nueva edad. Como tampoco especifica hasta dónde
pretende retrasarla para poder jubilarse
parcialmente, otra de las propuestas del informe. En el texto también se
adelanta la intención de aumentar el periodo mínimo de cotización para estas
jubilaciones y los coeficientes de reducción que se aplican.
Para
conceder un retraso en el objetivo de déficit (3%), Bruselas exigió a España
que reformara de nuevo su sistema de pensiones. Lo hizo pese a que todavía no
está vigente el último gran cambio, aprobado en julio del año pasado: a partir
de enero y hasta 2027, la edad legal de jubilación se irá
elevando de los 65 años actuales hasta los 67. El objetivo de ambas reformas —la
que no ha entrado en vigor y la que está por redactar— es retrasar la edad real
de retiro, en 2011 a 63,5 años, según los datos del informe al que ha tenido
acceso este diario.
La propuesta
del Gobierno, recogida en 41 páginas, implica reformar el acceso a la jubilación
anticipada y a la parcial. La pretensión es endurecer el acceso a estas figuras
y que cuando un trabajador opte por retirarse antes de cumplir la edad legal
perciba una pensión menor para ahorrar gasto a laSeguridad Social. Aunque bien es verdad que este fin último puede formularse de otra forma:
“El objetivo del presente informe es presentar medidas que faciliten la
sostenibilidad del sistema”. En el documento se expone que de todas las
jubilaciones de 2011 (198.600), el 50,6% fueron anticipadas. Y que la pensión
media que se cobraba en estos casos (1.344,42 euros mensuales) era superior a
la de quienes se retiraron cuando cumplieron la edad legal (1.234.5 euros).
La reforma
de pensiones que entrará en vigor en enero —es de esperar, dados los tiempos
parlamentarios, que la que ahora comienza a pergeñarse no se aprobará antes— contempla
cuatro vías de jubilación anticipada. Pero las principales son dos, y son estas
las que propone reformar el Gobierno. La primera permitirá retirarse a partir
de los 61 años si el trabajador resulta afectado por un despido colectivo o el
cierre de la empresa. Además exigirá haber cotizado durante 33 años (ahora se
necesitan 30).
La otra se
abrirá a partir de los 63 años de forma voluntaria para quienes hayan cotizado
al menos durante 33 años. En ambos casos se aplicarán unos coeficientes de
reducción sobre la pensión teórica que le correspondería al jubilado si se
retirara a la edad legal que van del 1,625% trimestral al 1,875% (el porcentaje
varía en función de los años cotizados).
La nueva
reforma modificará los tres parámetros básicos: edad, años cotizados y coeficientes
de reducción. En una redacción casi imposible y ambigua, el primer informe
habla de la “adecuación de la edad que posibilita el acceso anticipado a la
edad de jubilación a las variaciones en la edad de acceso ordinaria a dicha
pensión”. Vulgo: aumentar la edad para acceder a la jubilación anticipada.
¿Hasta dónde? Esa pregunta no la responde el informe.
Para los
otros dos parámetros, las propuestas son “la actualización [es decir,
ampliación] del periodo mínimo de cotización exigido para acceder
anticipadamente a la pensión de jubilación” y “ajustar los coeficientes
reductores de la cuantía de la pensión [...] por la pérdida de las correspondientes
cotizaciones sociales”.
También
busca el Gobierno endurecer el acceso a la jubilación parcial.La ministra de Empleo, Fátima Báñez, explicó el viernes que, según sus
conclusiones, esta modalidad de retiro no cumple la función para la que se
creó: el retiro parcial de un trabajador antes de la edad legal de jubilación y
su sustitución por un joven.
Como en el
caso de la anticipada, la Seguridad Social también propone el retraso de la
edad (61 años) para retirarse parcialmente y aumentar el periodo mínimo de
cotización (25 años). Además, añade otras exigencias como subir el tiempo
mínimo de duración del contrato de quien va a relevar al jubilado o que el
importe final de la pensión varíe en función del coste de este tipo de
jubilación para el sistema (2.704 millones al año).
Hay un
segundo informe que persigue facilitar a los nuevos jubilados combinar el cobro
de la pensión y que sigan trabajando. Justifica el Ejecutivo esta propuesta en
que es una recomendación histórica del Pacto de
Toledo y que,
pese a ello, “siempre ha contemplado una fuerte rigidez en el ámbito de la
compatibilidad entre la percepción de la pensión de jubilación y la realización
de un trabajo”. Entre los incentivos que se pretenden introducir está la
desaparición de “la obligación de cotizar”.
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